Seguro de Accidentes Universal. Protección a su medida

¿Ha pensado alguna vez en los riesgos a los que diariamente estamos expuestos? ¿Y en cómo protegerse ante posibles imprevistos?
  • Cobertura de ámbito mundial.
  • Protección durante las 24 horas del día.
    • En el ejercicio de la actividad laboral y en la vida privada.
    • Protección completa para los trabajadores por cuenta propia.
    • En la práctica ocasional de cualquier deporte, excepto los de alto riesgo.
    • En los desplazamientos en automóvil, motocicleta, ciclomotor o cualquier medio de transporte público.
  • Flexibilidad, con múltiples opciones de cobertura.
  • Máxima agilidad en el pago de las prestaciones de invalidez temporal, al incorporar un sistema de baremo para determinado tipo de lesiones.
  • Posibilidad de incluir en la póliza al cónyuge e hijos.
  • Cobertura inmediata sin necesidad de reconocimiento médico.
  • Compatible con indemnizaciones procedentes de otras previsiones.
  • Fallecimiento por accidente
    • El capital se incrementa un 50% por accidente aéreo.
    • Anticipo del 5% del capital para el pago del impuesto de sucesiones.
    • Capital adicional para los hijos menores de edad en el caso de fallecimiento de ambos cónyuges en el mismo accidente.
    • Reembolso de gastos de sepelio (hasta 1.500 €) y de traslado del fallecido (hasta 600 €).
  • Invalidez permanente por accidente
    • El capital se incrementa un 50% en caso de gran invalidez.
    • Capital adicional para los hijos menores de edad en el caso de invalidez permanente de ambos cónyuges en el mismo accidente.
    • Cirugía estética reparadora por invalidez permanente.
    • Gastos de acondicionamiento de la vivienda y del automóvil hasta 3.000 €.
  • Subsidio diario por invalidez temporal
    • Diversas opciones de contracción.
    • Por accidente o enfermedad.
    • Con o sin franquicia.
  • Renta mensual
    • Renta por fallecimiento por accidente
    • Renta por invalidez permanente absoluta por accidente
    • Importe de la renta a escoger.
    • Pago de la renta durante 10, 15 0 20 años. o Revalorizable al 3% anual.
  • Subsidio por hospitalización
    • Abono de una cantidad diaria si, a consecuencia de accidente O enfermedad, se produce internamiento en un centro hospitalario. Este importe se dobla durante la estancia en UVI.
  • Asistencia sanitaria por accidente
    • Gastos médicos y farmacéuticos, incluyendo prótesis y sus medios de fijación.
    • Asistencia sanitaria que incluye cama para acompañante (opcional).
  • Accidente cerebrovascular
    • Fallecimiento e invalidez permanente absoluta a infarto de accidente consecuencia cerebrovascular.
  • Servicio de atención telefónica
  • Asistencia en viaje

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